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Nueva regulación de viviendas turísticas (Real Decreto 1312/2024, de 23 de diciembre)

MANUEL L. ROMEO NARVÁEZ 18/02/2026 Sin categoría

El Real Decreto 1312/2024, aprobado el 23 de diciembre de 2024, por el cual se regula el procedimiento de Registro Único de Arrendamientos y se crea la Ventanilla Única Digital de Arrendamientos en España. ​ Su objetivo principal es cumplir con el Reglamento (UE) 2024/1028, que establece normas para la recogida e intercambio de datos sobre servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en la Unión Europea. ​

Puntos clave del documento:

  1. Contexto:

    • El Gobierno busca mejorar el acceso a la vivienda debido al aumento de precios de venta y alquiler, y la creciente oferta de alquileres de corta duración (como viviendas turísticas). ​
    • La norma responde a la necesidad de cumplir con el reglamento europeo, que busca garantizar información transparente sobre los alquileres de corta duración y evitar problemas como el aumento de precios y la escasez de viviendas de larga duración. ​
  2. Creación de herramientas:

    • Ventanilla Única Digital de Arrendamientos: Plataforma digital nacional para gestionar datos de alquileres de corta duración, facilitar la comunicación entre plataformas en línea y autoridades, y garantizar transparencia. ​
    • Registro Único de Arrendamientos: Procedimiento obligatorio para registrar inmuebles o unidades destinadas a alquiler de corta duración. ​ Sin este registro, no se podrán ofrecer en plataformas en línea. ​
  3. Obligaciones:

    • Personas arrendadoras: Deben registrar sus inmuebles en el Registro de la Propiedad o de Bienes Muebles, obtener un número de registro único y cumplir con las normativas aplicables. ​
    • Plataformas en línea: Deben verificar que los inmuebles tengan un número de registro válido, realizar comprobaciones periódicas y transmitir datos de actividad a la Ventanilla Única Digital. ​
  4. Finalidad:

    • Incrementar la seguridad jurídica en los contratos de arrendamiento. ​
    • Facilitar la inspección y control de las administraciones públicas. ​
    • Reducir el fraude en los alquileres de corta duración y fomentar la oferta de alquileres de larga duración. ​
  5. Distribución de competencias:

    • El Estado regula el registro único y la Ventanilla Única Digital, mientras que las comunidades autónomas y ayuntamientos mantienen competencias en materia de vivienda y turismo. ​
  6. Entrada en vigor:

    • La norma entrará en vigor el 2 de enero de 2025, pero sus disposiciones comenzarán a aplicarse el 1 de julio de 2025, para permitir adaptaciones tecnológicas y funcionales. ​

En resumen, este Real Decreto busca regular el mercado de alquileres de corta duración en España, garantizando transparencia, seguridad jurídica y cumplimiento de las normativas europeas, mientras se intenta aliviar la presión sobre el mercado de vivienda de larga duración. 

​Según el documento, el alquiler de corta duración tiene un impacto negativo en la vivienda de larga duración. ​ Esto se debe a que:

  1. Reducción de la oferta de viviendas de larga duración: El crecimiento del alquiler vacacional o de corta duración ha llevado a que muchas propiedades que podrían destinarse al alquiler residencial se utilicen para fines turísticos. ​ Esto disminuye la cantidad de viviendas disponibles para quienes buscan alquilar a largo plazo. ​

  2. Incremento de precios: La disminución de la oferta de viviendas de larga duración, junto con la alta demanda, ha contribuido al aumento de los precios de alquiler y venta de viviendas. ​ Esto dificulta el acceso a una vivienda digna y asequible para un gran sector de la población. ​

  3. Impacto en la habitabilidad urbana: El aumento de los alquileres de corta duración puede generar problemas como la «turistización», el abandono de los centros urbanos y la disminución de la calidad de vida de los residentes locales. ​

El Real Decreto busca mitigar estos efectos regulando el mercado de alquileres de corta duración, promoviendo la transparencia y combatiendo el fraude, con el objetivo de liberar viviendas que actualmente se ofrecen de manera irregular y aumentar la oferta de alquileres de larga duración. ​

 

El Reglamento (UE) 2024/1028 establece normas para la recogida e intercambio de datos sobre los servicios de alquiler de alojamientos de corta duración en la Unión Europea. ​ Su objetivo principal es garantizar la transparencia y la disponibilidad de información sobre este tipo de alquileres, que han crecido significativamente debido a la economía de plataformas. ​

Principales disposiciones del reglamento:

  1. Definición de alquileres de corta duración:

    • Se consideran aquellos arrendamientos por períodos breves, generalmente inferiores a 12 meses, con fines turísticos o no, a cambio de una remuneración. ​
  2. Obligaciones de los Estados miembros:

    • Crear procedimientos de registro únicos para los alojamientos de corta duración. ​
    • Establecer una Ventanilla Única Digital para la transmisión electrónica de datos entre plataformas en línea y autoridades competentes. ​
  3. Problemas que busca resolver:

    • La falta de información fiable sobre los servicios de alquiler de corta duración. ​
    • La disminución de viviendas disponibles para alquiler de larga duración. ​
    • El aumento de los precios de alquiler y vivienda. ​
    • La «turistización» y el impacto negativo en la habitabilidad de los centros urbanos y turísticos.
  4. Requisitos de registro:

    • Los anfitriones deben registrar sus alojamientos en un sistema único y obtener un número de registro para poder ofrecerlos en plataformas en línea. ​
    • Las plataformas en línea deben verificar que los alojamientos tengan un número de registro válido antes de publicarlos. ​
  5. Transparencia y control:

    • Las plataformas deben transmitir datos de actividad (número de noches alquiladas, número de huéspedes, país de residencia, etc.) a la Ventanilla Única Digital. ​
    • Las autoridades competentes podrán utilizar esta información para evaluar el impacto de los alquileres de corta duración y diseñar políticas públicas adecuadas. ​

En resumen, el reglamento busca equilibrar el crecimiento de los alquileres de corta duración con la necesidad de garantizar una oferta suficiente de viviendas de larga duración, promoviendo la transparencia y combatiendo el fraude en el sector. 

Artículo 5. Obligaciones de las personas arrendadoras.

Las personas arrendadoras definidas en el artículo 2.c), de acuerdo con el Reglamento (UE) 2024/1028 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de abril de 2024, están obligadas a:

a) Obtener previamente el número de registro definido en el artículo 2.i) en el Registro de la Propiedad o en el de Bienes Muebles a los efectos de poder ofrecer sus servicios a través de las plataformas en línea. Este número será otorgado de manera automática e inmediata conforme al artículo 9.

b) Aportar la información que se recoge en el artículo 9.2 junto con la solicitud.

c) Atender a los requerimientos de información de las autoridades competentes que pueda recibir en relación con sus unidades.

d) Actualizar la información aportada sobre sus unidades respecto de las que haya obtenido un número de registro en el momento en el que se produzca un cambio en la misma.

e) Comunicar a las plataformas en línea el número de registro que se haya asignado a su unidad por el Registro.-​

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